El máximo tribunal frenó de manera provisoria los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley de Tierras Rurales. La medida busca proteger el ambiente mientras la Justicia analiza el reclamo presentado por organizaciones ambientalistas y comunidades indígenas.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación tomó una decisión clave sobre la Ley de Tierras: suspendió provisoriamente los efectos del artículo del decreto del presidente Javier Milei que había eliminado las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros.
La resolución se conoció este viernes 9 de octubre, después de que el máximo tribunal convocara a un acuerdo extraordinario para analizar un nuevo planteo judicial. La medida cautelar interina tendrá vigencia hasta que el Juzgado Federal de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y examine el pedido de protección presentado en la causa.
El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El magistrado Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
¿Por qué la Corte Suprema suspendió el decreto de Milei?
La decisión responde a una presentación impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie, dos comunidades indígenas y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda. Los demandantes cuestionaron la derogación de la Ley 26.737 y advirtieron sobre sus posibles consecuencias para el ambiente, los recursos naturales y los derechos colectivos.
La causa se inició a fines de 2023 ante la Justicia Federal de Bariloche, pero el expediente atravesó distintas instancias judiciales sin que se resolvieran los planteos centrales.
Ante esa situación, la Corte consideró necesario adoptar una protección provisoria para evitar posibles daños irreparables al ambiente y garantizar que el reclamo reciba una respuesta judicial.
¿Qué cambia con el fallo sobre la Ley de Tierras?
La Ley de Tierras Rurales establecía límites a la titularidad extranjera de terrenos rurales en la Argentina. Entre sus disposiciones, fijaba un tope general del 15% para la titularidad de tierras rurales por parte de extranjeros, además de restricciones específicas para determinadas operaciones.
El artículo 154 del DNU 70/2023 había derogado esa normativa. Ahora, con la suspensión provisoria de los efectos de ese artículo, vuelven a aplicarse temporalmente las restricciones vinculadas con la ley, mientras continúa el proceso judicial.
Sin embargo, la decisión de la Corte no representa una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad del decreto ni resuelve de manera permanente el futuro del régimen de tierras rurales.
El próximo paso será que el Juzgado Federal de Bariloche analice los requisitos para admitir el reclamo y resuelva el pedido cautelar presentado por los demandantes.
La diferencia con el fallo anterior de la Corte Suprema
El nuevo pronunciamiento se conoce después de que, el 29 de septiembre, la Corte revocara una sentencia que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras.
En aquella oportunidad, el tribunal rechazó el planteo del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) por considerar que la organización no tenía legitimación para promover esa acción judicial.
Ese fallo no resolvió la constitucionalidad del decreto en sí mismo. El expediente que acaba de analizarse presenta argumentos diferentes, vinculados con la protección ambiental y los derechos de las comunidades indígenas.
Por ese motivo, el máximo tribunal evaluó una nueva solicitud de protección provisoria y adoptó una medida que modifica temporalmente la situación jurídica generada por el decreto.
Qué puede pasar ahora con la Ley de Tierras
La suspensión dispuesta por la Corte reabre el debate sobre la compra de campos por extranjeros y el alcance de la desregulación impulsada por el Gobierno nacional.
Mientras continúa el trámite judicial, las restricciones vuelven a tener aplicación provisoria en los términos de la medida cautelar. La resolución definitiva dependerá de los próximos pronunciamientos de la Justicia.
El caso también tiene repercusiones políticas, ya que la vigencia de la Ley de Tierras forma parte de la discusión legislativa sobre el DNU 70/2023.
Por ahora, la principal novedad es concreta: la Corte Suprema suspendió los efectos de la derogación mientras se analiza el reclamo ambiental. El futuro definitivo de la Ley de Tierras todavía deberá resolverse.


